Certificado de últimas voluntades

Certificado de últimas voluntades

El fallecimiento de un familiar requiere la necesidad de realizar diversas gestiones entre las que se encuentran la solicitud de certificado de últimas voluntades. En este documento se hará constar si la persona fallecida ha realizado testamento y, en caso afirmativo, ante que notario expresó su última voluntad.

La solicitud del certificado de últimas voluntades se realiza ante el Registro de Últimas Voluntades para la cual se dispone de un plazo de quince días desde el fallecimiento del causante. Será necesario que el solicitante aporte el certificado de defunción del causante.

En el certificado emitido por este Registro se hará constar los testamentos otorgados por el causante y el notario ante el que se realizó este trámite, sin embargo no se contempla el contenido de los mismos sino que con esta información los herederos acudirán al notario que autorizó el testamento con el fin de obtener una copia autorizada del último testamento y poder iniciar los trámites correspondientes a la apertura y reparto de la herencia.

Del mismo modo, en el caso en que el causante no hubiese otorgado testamento, en el certificado se hará constar este hecho.

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